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CAUSAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO

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- Las causas para la extinción del contrato de trabajo que prevé la legislación laboral son numerosas y de diversa naturaleza. Como veremos a continuación, algunas dependen de la empresa, otras del trabajador y otras últimas de factores externos.   → Mutuo acuerdo entre las partes: - La situación más usual es la voluntad del trabajador para causar baja en la empresa, básicamente supone dejar el trabajo. La empresa saldará todas las cuentas pendientes pero el trabajador no tendrá derecho a indemnización. - Es importante destacar que, el trabajador tampoco tendrá derecho a prestación por desempleo, no podrá inscribirse en el paro. → Causas consignadas válidamente en el contrato: - Destacar que las causas que se hubieran puesto en el contrato deben ser legales, en el caso de que creamos que hay alguna cláusula abusiva, debemos reclamar que la situación no es una extinción sino un despido. → Expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato

CAUSAS DE LA SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

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Siguiendo con el tema de los contratos, ¿cuáles son las posibles causas de suspensión del contrato ? - El Estatuto de los Trabajadores enumera sus posibles causas en el art. 45 del ET. De esta forma, el contrato de trabajo podrá suspenderse por las siguientes causas:   → Por mutuo acuerdo de las partes: - Las partes pueden establecer motivos de suspensión del contrato siempre que no supongan abuso de derecho. - Las condiciones de la suspensión han de establecerse por escrito, de lo contrario el empresario estará exento de cotizar a la Seguridad Social durante ese periodo.   → A nte incapacidad temporal de los trabajadores: - El contrato de trabajo podrá suspenderse por incapacidad temporal del trabajador al amparo del art. 45.1 c) del ET.   →  Nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento. - El art. 48 del Estatuto de los Trabajadores regula las situaciones de suspensión con reserva de puesto de trabajo en los supuestos de nacimiento, riesgo

DIFERENCIAS ENTRE LA EXTINCIÓN Y LA SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

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- Con frecuencia confundimos ambos términos, entonces, para comenzar, tenemos que tener claro qué es un contrato de trabajo y qué obligaciones implica para ambas partes (hay una entrada en mi blog que habla sobre los contratos) - De la misma forma que se inicia un contrato, éste puede quedar suspendido o extinguido por diferentes causas o motivos. A continuación, conoceremos las diferencias entre suspensión y extinción de un contrato de trabajo:   → En primer lugar, hablaremos de la suspensión de un contrato de trabajo, que se produce cuando se interrumpe de manera temporal la prestación laboral sin que se rompa el contrato de trabajo. Como resultado, esta suspensión deja sin efectos durante dicho tiempo, las obligaciones de ambas partes como la realización del trabajo o la remuneración.   →  En cambio, la extinción del contrato de trabajo, que es aquella situación que supone la finalización de la relación laboral entre empresa y trabajador. En este caso, también existen diver

TIPOS DE CONTRATO

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- Tras una introducción sobre que son los contratos, veremos los tipos de contratos que se pueden aplicar. - Hay 4 tipos principales de contratos, son: 1. Contrato indefinido. - Este contrato no tiene fecha de vencimiento, ni tiempo límite en la prestación del servicio. De manera que hay fecha de inicio de contrato pero no hay fecha de finalización y puede formalizarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos. - Esta modalidad está bonificada por el Gobierno a través de reducciones o bonificaciones de las cotizaciones. Las ayudas varían en función del perfil del contratante y también, según el perfil de contratado. - La duración máxima del periodo de prueba de un contrato indefinido la determina los Convenios Colectivos, cuando no está regulado, el periodo máximo de prueba es de 6 meses para los técnicos titulados y de 2 meses para el resto de los trabajadores. El plazo puede alcanzar los 3 meses en las empresas que tengas menos de 2

CONTRATO

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Definición de contrato, ¿ qué es un contrato?: - Un contrato es un acuerdo jurídico de voluntades por el que se exige el cumplimiento de una cosa determinada. Se trata de un acto privado entre dos o más partes destinado a crear obligaciones y generar derechos. - Los contratos se encuentran regulados en el Código Civil español, a partir del artículo 1254. - El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio. ¿ Quién puede realizar un contrato? - En primer lugar, para que los contratos sean válidos, las partes deben de estar capacitadas legalmente para contratar. -  Así, las partes deben ser: mayores de 18 años, menores de 18 años que estén legalmente emancipados o personas entre 16 y 18 años con autorización de los padres.   ¿Qué características legales tiene un contrato? - Se caracterizan principalmente por los siguientes aspectos: → El contrato se perfecciona con el mero co

NOMINA: PERTES Y ESTRUCTURA

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- Hay muchos tipos de nóminas, pero todas deben incluir los datos requeridos. - De arriba a abajo, hay diferentes apartados que incluyen todos los datos que una nómina debe contener para que, legalmente, sea válida. - Estos son:  1. ENCABEZADO - En el encabezado o parte superior deberán aparecer los datos necesarios para la identificación de la empresa y del trabajador, además del período de liquidación. - Los datos de la empresa que deben figurar son: → Nombre o razón social de la empresa incluyendo su personalidad (S.A., S.L., …). → Dirección completa de la empresa. → CIF: Código de Identificación Fiscal de la empresa. → CCC: Código de Cuenta de Cotización a la Seguridad Social, el número que recibe la empresa cuando se inscribe en la Seguridad Social. - Respecto al trabajador : → Nombre y apellidos del trabajador. → NIF: Número de Identificación Fiscal del trabajador o, en su defecto, NIE o pasaporte. → Número de afiliación a la Seguridad Social del trabajador.